Por vicios en el proceso, Tribunal revoca sentencia de 112 años contra Succar Kuri

Por vicios en el proceso, el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo
Séptimo Circuito dejó sin efecto la sentencia de 112 años de prisión
en contra de Jean Succar Kuri dictada en 2016; no obstante, esta
determinación no implica la libertad del pederasta.

Los magistrados puntualizaron que se tiene que emitir una nueva
resolución que sustente los delitos de abuso sexual y pornografía
infantil en agravio de siete menores de edad en el periodo del 5 de
enero del 2000 a noviembre de 2003.

Además, el Primer Tribunal Colegiado ordenó al tribunal unitario
determinar si las circunstancias de tiempo, lugar y ejecución de las
agresiones de este sujeto contra los menores, se dio en forma
individual o estando dos o más de ellos juntos.

En lo que respecta al delito de corrupción de menores, le solicitó al
tribunal unitario proceder a la traslación normativa que establece el
Código Penal para el Estado de Quintana Roo.

“En el entendido de que la anterior determinación no implica la
libertad del ahora quejoso. Solo resta decir que, atento al principio
de non reformatio in peius, no podrá incrementar el grado de
culpabilidad que estableció -medio- y tampoco imponer una pena que
supere la determinada con anterioridad en la resolución que constituye
el acto reclamado”, sostuvo el Primer Tribunal Colegiado.

El pederasta fue detenido en febrero del 2004 en Chandler, Arizona, en
Estados Unidos.

En marzo de ese año, la Delegación de la otrora Procuraduría General
de la República (PGR) en Quintana Roo, ejerció acción penal en su
contra por el delito de pornografía infantil agravada.

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