Por: José Bojórquez
Campeche, Campeche.–
En un hecho que ha generado fuerte controversia, la Síndica de Hacienda de la Junta Municipal de Sabancuy, Angélica Herrera, portó la Banda Presidencial durante la ceremonia del Grito de Independencia, pese a que la ley prohíbe su uso a cualquier autoridad que no sea el Presidente de la República.
Habitantes de la comunidad denunciaron que Herrera, quien actualmente ejerce funciones de presidenta municipal sin haber sido electa por el voto popular, se colocó la banda como un acto de protagonismo, aun con el conocimiento de que esta acción contraviene la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional.
“Es un exceso que rebasa todo precedente, ni siquiera la gobernadora Layda Sansores ha hecho algo similar”, expresaron vecinos que llamaron a las autoridades a tomar cartas en el asunto.

Violación a la ley y antecedentes
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció en 2017 que ni alcaldes ni gobernadores están autorizados para portar la Banda Presidencial, advirtiendo que las sanciones pueden ir desde un arresto de hasta 36 horas hasta una multa de 250 salarios mínimos.
A pesar de ello, Angélica Herrera mandó confeccionar una banda a su medida, ignorando la normativa y los criterios judiciales. Este acto ha sido calificado como un despliegue de narcisismo político, en línea con su conocida presencia en redes sociales, pero que esta vez sobrepasó los límites legales y protocolarios.
Llamado a las autoridades
Los habitantes de Sabancuy exigieron una investigación formal y sanciones ejemplares, señalando que la utilización indebida de los símbolos patrios es un delito que atenta contra el respeto a las instituciones.
Con este episodio, Sabancuy se coloca en el centro del debate sobre el uso indebido de emblemas nacionales y los límites del protagonismo político en actos cívicos que deben mantenerse dentro del marco de la ley.