Por Fabián G.
Ciudad de México. — Una nueva controversia fronteriza surgió entre México y Estados Unidos luego de que autoridades de Texas reclamaran como propiedad estatal nueve islas ubicadas en el río Bravo, en el corredor comprendido entre Laredo y McAllen, situación que provocó el rechazo de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), al considerar que la delimitación territorial corresponde exclusivamente a los gobiernos federales de ambos países.
La controversia gira en torno a un principio fundamental del derecho internacional: ninguna autoridad estatal puede modificar unilateralmente una frontera establecida mediante acuerdos entre naciones. La postura atribuida a la Cancillería mexicana sostiene que cualquier determinación territorial debe sujetarse al Tratado de Límites de 1970 y a los procedimientos de la Comisión Internacional de Límites y Aguas (CILA).
El conflicto comenzó cuando la Oficina General de Tierras de Texas (GLO), encabezada por Dawn Buckingham, dio a conocer la identificación de nueve islas que, según sus registros, pertenecen al estado norteamericano y representan una superficie conjunta aproximada de 26.7 hectáreas, equivalentes a 66 acres.

Las autoridades texanas argumentaron que el reconocimiento de esos terrenos permitiría fortalecer las operaciones de vigilancia fronteriza y combatir actividades relacionadas con el tráfico de personas, el narcotráfico y otras operaciones de organizaciones criminales.
Sin embargo, el reclamo abrió una discusión sobre los alcances legales de las autoridades estatales estadounidenses frente a los tratados internacionales suscritos por Washington y México.
El Tratado de Límites de 1970 establece mecanismos para preservar la frontera internacional en los ríos Bravo y Colorado, mientras que la CILA, organismo binacional integrado por representantes de ambos países, tiene atribuciones técnicas para atender controversias relacionadas con el cauce, la ubicación de la línea divisoria y la situación territorial de las islas.
La distinción es fundamental, pues la identificación de una superficie como propiedad estatal no constituye, por sí misma, una resolución sobre soberanía internacional.
El antecedente más cercano se encuentra en Fronton Island, una isla situada en el condado de Starr, Texas, donde autoridades estatales desarrollaron acciones de seguridad fronteriza bajo el argumento de combatir las operaciones de grupos criminales.
La nueva disputa adquiere especial relevancia para las comunidades fronterizas de Tamaulipas y Texas, debido a que el río Bravo constituye tanto una frontera internacional como un espacio compartido para actividades económicas, ambientales y de seguridad.
Cualquier intervención que modifique el cauce, afecte el escurrimiento del agua o altere físicamente las condiciones de las islas debe examinarse conforme a los compromisos internacionales vigentes.
La controversia coloca nuevamente sobre la mesa la relación entre las políticas de seguridad fronteriza impulsadas desde Texas y las facultades exclusivas de los gobiernos federales para resolver asuntos de soberanía.
Más allá de las 26.7 hectáreas reclamadas, el fondo del diferendo radica en determinar hasta dónde puede llegar la actuación de un gobierno estatal sobre territorios cuya ubicación y jurisdicción dependen de instrumentos internacionales.
La solución jurídica corresponde a los mecanismos binacionales establecidos entre México y Estados Unidos, particularmente a la CILA, cuya intervención resulta determinante para evitar que una disputa administrativa escale hasta convertirse en un conflicto diplomático.



