Concede juez suspensión para evitar que reforma judicial se publique en el DOF

Concede juez suspensión para evitar que reforma judicial se publique en el DOF

Ciudad de México.- Un tribunal federal de Colima ordenó al Poder Ejecutivo no publicar la reforma judicial en el Diario Oficial de la Federación.El Tribunal Colegiados del Trigésimo Segundo Circuito notificó hoy una suspensión provisional que busca impedir que se concrete el último paso de la reforma constitucional, ya aprobada por el Congreso de la Unión y la mayoría de las legislaturas estatales.»En caso de que el procedimiento de reforma constitucional impugnado se apruebe por las autoridades responsables, el decreto respectivo no se publique en el Diario Oficial de la Federación», es el efecto de la suspensión provisional, cuyo cumplimiento corresponde supervisar al Juez Segundo de Distrito en Colima, Francisco García Contreras.En su decisión, señalaron que no puede llevarse a cabo el tramite antes del 11 de octubre, fecha en la que se fijó la audiencia incidental en el juicio de amparo.El Presidente Andrés Manuel López Obrador quiere publicar el decreto el 15 de septiembre, con lo que entrará en vigor al día siguiente.Este amparo no fue promovido por personal judicial, sino por la Fundación Iris en Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, que impugna tanto el contenido de la reforma constitucional, como el procedimiento para aprobarla, por la supuesta caducidad del plazo que tenía la Cámara de Diputados para dictaminar la iniciativa que envió el Ejecutivo el 5 de febrero.La Suprema Corte de Justicia ha establecido que los amparos contra el contenido de la Constitución son notoriamente improcedentes, pero en este y otros casos, los jueces han alegado que se está cuestionando un procedimiento que aún no concluye.Al otorgar la suspensión, los magistrados Joel Fernando Tinajero Jiménez, Martín Ángel Rubio Padilla y José David Cisneros Alcaraz admitieron que estarían impedidos para conocer del caso, pues ellos mismos han promovido amparos contra esta reforma.Sin embargo, consideraron que debían resolver el recurso de queja de la fundación, pues en Colima no hay otro tribunal colegiado de circuito, y porque el amparo no es el de ellos, sino el de una asociación civil.

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